Skip to main content

Condiciones para el patrocinio privado en los play-backs 2019-2020 de Junta Central Fallera. 1 –  Consideración de patrocinios
Tendrán la consideración de patrocinios las aportaciones en metálico por parte del sector privado para la realización de las actividades que se programan dentro del marco del concurso de play-back de JCF ejercicio 2019-2020.
 
2 – Condición de patrocinador
Podrán tener la condición de patrocinador las personas jurídicas sometidas al derecho privado, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en la Ley. Para acreditar, entre otros, este último extremo, la instancia integrará una declaración responsable relativa a los puntos siguiente:

No encontrarse comprendido/a, o que la empresa a la que representa los/las administradores/As y representantes no se encuentren comprendida, en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.

 

No vulnera la normativa fiscal amparándose en los denominados paraísos fiscales a fin de eludir sus obligaciones y su responsabilidad ante las autoridades españolas. En el supuesto que esta solicitud fuera suscrita por apoderados de la mercantil, declaren que se encuentran vigentes en la actualidad.

 

Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social.

 

Que la empresa a la cual representa, si se trata de una empresa extranjera, se someterá a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de manera directa o indirecta puedan surgir.

 

Para cualquier controversia que pueda presentarse como consecuencia del contenido o interpretación del presente documento y su ejecución, ambas partes acuerdan expresamente someterse a los Juzgados y Tribunales de València capital.

 
3-Objeto del patrocinio
El patrocinio revestirá la modalidad de contrato de patrocinio publicitario. Podrán concurrir todas o algunos tipos de aportaciones en una misma actividad patrocinada. Las aportaciones podrán cubrir la totalidad o parte de la actividad patrocinada y proceder de diversos patrocinadores.
 
 
PATROCINIO DE LA ACTIVIDAD
El patrocinio estará compuesto por:
 
Visibilidad ante las 37 comisiones infantiles inscritas (mediante publicidad), cuya participación se desarrolla a lo largo de 6 jornadas. El aforo de la sala es de 500 personas cada día.
Visibilidad ante las 29 comisiones mayores inscritas (mediante publicidad), cuya participación se desarrolla a lo largo de 7 jornadas. El aforo de la sala es de 500 personas cada día.
Publicidad en el folleto del concurso de Play-back, que tiene una tirada de 3000 ejemplares.
Visibilidad (mediante publicidad) en el Photocall.
 
Actividad: patrocinio
Aportación monetaria desde: 500€
 
 
4 – Procedimiento
Junta Central Fallera notificará la aceptación o denegación de la propuesta para ser patrocinador. Junta Central Fallera se reserva el derecho de no aceptar patrocinio por razones de interés público. Quedan expresamente excluidas las propuestas de patrocinio de carácter partidista o aquellas que promuevan el consumo de drogas, o tengan un contenido violento, sexista, xenófobo, o contra los democráticos. En todo caso los anuncios deben ajustarse a lo que se dispone en la Ley 34/1988, general de publicidad, ilícita y engañosa y cualquier otra normativa municipal.
 
5 – Plazo de presentación de la solicitud
Primero: Las entidades interesadas disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles desde el dia siguiente de la publicación en la página web de Junta Central Fallera.
Segundo: Publicar las condiciones que regirán los patrocinios privados del Concurso de Play-backs 2019-2020 en la página web de Junta Central Fallera.