Consulta las indicaciones para la justificación de las subvenciones con motivo de la celebración de las Fallas 2022 1. PLAZOS DE JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN MONUMENTOS, ILUMINACIÓN Y ANIVERSARIOS
Monumentos e iluminaciónEl plazo de justificación, que se realizará a través de la sede electrónica, será de 30 días a contar desde el siguiente a la finalización de la celebración de las Fallas 2022.DESDE EL 21 DE MARZO HASTA EL 5 DE MAYO
AniversariosEl plazo de justificación, que se realizará a través de la sede electrónica, será de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la finalización de la celebración de las Fallas 2022.DESDE EL 20 DE MARZO HASTA EL 18 De ABRIL
2. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (a través de la sede electrónica)• Modelo de cuenta justificativa que se encuentra en impresos dentro del trámite de la sede electrónica.IMPORTANTE: Cada una de las subvenciones dispone de un modelo de cuenta justificativa específica por lo que se tiene que utilizar únicamente el que aparece en cada uno de los trámites de la sede electrónica.• Facturas acreditativas del coste de la actividad/proyecto a subvencionar o subvencionado.• Pago de las facturas
3. DIFUSIÓN DE LA PUBLICIDAD DE LA FINANCIACIÓNNo sirve únicamente como difusión de la publicación de la financiación la realizada en los libretos falleros sino que tiene que aparecer también al menos en otros medios como la página web, redes sociales, carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, etc.Asimismo, a las comisiones falleras se les ha sido distribuido una pegatina con la leyenda que ha recibido subvención y que tiene que colocarse en lugar visible como la puerta de los casales.En el apartado de la cuenta justificativa relativa a esta difusión tendrá que hacerse constar el lugar de la misma y puede ser requerida si se considera conveniente.